Barakaldo Naturala ha registrado una petición a Fomento para que declare NULO de pleno derecho el EstudioInformativo para la fase 1 de la Variante Sur Ferroviaria y, en consecuencia, dé por cerrado el procedimiento abierto encaminado a la declaración medioambiental y su aprobación formal, ya que la vigencia de la encomienda otorgada al Gobierno Vasco para ello expiró el 30 de junio de 2018.
Habiendo transcurrido ese plazo, la encomienda de gestión en lo que corresponde a esta cuestión decae o caduca. Por ley, la encomienda debe necesariamente ajustarse a las previsiones legales y al propio contenido del Convenio en el que se ha formalizado, lo que no ha sido el caso. Concretamente, en su claúsula Segunda establece lo siguiente:
"En caso de que fuera necesaria la redacción de la modificación del estudio informativo de la fase 1: Túnel de Serantes- Olabeaga, el Ministerio de Fomento encomienda su redacción a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi; correspondiendo en todo caso al Ministerio de Fomento, y conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, su tramitación administrativa, obtención de la correspondiente declaración de impacto ambiental del órgano ambiental competente, y aprobación formal de un estudio informativo, durante el primer semestre del año 2018."
Es evidente que el Gobierno vasco no ha sido capaz de trasladar a Fomento el nuevo estudio informativo a tiempo para cumplir con el plazo establecido para su aprobación formal y, por tanto, afronta la redacción del mismo carente de habilitación competencial para ello. Así pués, toda decisión relativa a este Estudio Informativo adoptada en virtud del Convenio es contraria a Derecho, ateniéndonos a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.